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Una de las principales obligaciones que todos los autónomos tienen con la Administración Pública es la de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (más conocido como RETA).
Este alta implica un pago mensual de la llamada cuota de autónomos, que se calcula como un porcentaje sobre la base de cotización o sueldo teórico que cada trabajador por cuenta propia estima que obtendrá a lo largo del próximo mes en el desarrollo de su actividad habitual.
Esta base condiciona no solo la cuota que el autónomo tendrá que pagar a la Seguridad Social mensualmente sino también las prestaciones que el trabajador autónomo recibirá de la Seguridad Social cuando se produzca alguna de las contingencias previstas en la legislación y que le imposibilite trabajar, bien de forma temporal o bien de forma permanente.
Dado que es el propio trabajador autónomo el que escoge esta base, ¿qué debe hacer? ¿Es mejor escoger una base alta o cotizar por la base mínima?
Vamos a intentar aclarar esta duda a continuación.
En 2016, la base de cotización mínima de la Seguridad Social se cifró en 896,10 euros, y es la base elegida por la mayor parte de trabajadores autónomos, en torno al 80%.
Si el autónomo decide cotizar únicamente por contingencias comunes y cobertura de riesgo durante el embarazo, el tipo a aplicar sobre esa base será del 29,90%, por lo que la cuota mensual a pagar mes a mes será de 267,03 euros al mes.
Si, además, el autónomo decide añadir las coberturas por cese de actividad, habría que sumar 2,20 puntos porcentuales a 29,30% (el porcentaje se rebaja si se añade esta segunda cobertura), por lo que el tipo a aplicar sería del 31,50% dando como resultado una cuota mensual de 279,59 euros.
Si a esta cuota se le añade, además, contingencias profesionales, la cuota final a pagar será de 287,43 euros.
Si en cambio el trabajador autónomo decide cotizar por la cuota máxima, que en 2016 se ha fijado en 3.642,00 euros, el autónomo tendrá que hacer frente a una cuota mensual obligatoria de 1.078,19 euros al mes y 1.171,95 euros si se le añaden contingencias profesionales y cese de actividad.
La diferencia a pagar entre la cuota máxima y la cuota mínima es de 884,52 euros, que será tanto menor cuanto menor sea la base elegida.
Un dinero que formará parte de nuestra renta disponible y que podría servir, en parte, para satisfacer nuestras necesidades básicas mediante seguros privados y planes de pensiones.
¿Por qué íbamos a querer cotizar por la base máxima si se puede cotizar por una base menor y pagar, por tanto, una cuota mensual menor? La respuesta está en la contraprestación obtenida.
En cualquier caso, escoger la base mínima implica que las prestaciones en caso de baja se reducen de manera sustancial en relación a las que se obtienen si el autónomo se decanta por una base mayor.
Por ejemplo, y según la calculadora de Infoautónomos, las prestaciones por contigencias comunes desde el primer día ascienden a 663,30 euros si cotizamos por contingencias profesionales + cese de actividad y la prestación por cese de actividad, a 619,08 euros si el autónomo decide cotizar por la base mínima.
Si, en cambio, el autónomo decide cotizar por una base más alta, como por ejemplo 2.000 euros, las prestaciones serían, en este caso, de 1.500 euros por contingencias profesionales desde el día 1 y 1.400 euros por cese de actividad, con una cuota de autónomos de 650 euros al mes.
Con la base máxima, el autónomo podrá acceder a la prestación máxima, que en el caso de contingencias profesionales asciende a 2.704,50 euros y 2.524,20 euros en caso de cesar su actividad.
Es decir, la prestación es, evidentemente, mayor cuanto mayor sea la base de cotización elegida. La diferencia en prestaciones por cese de actividad es de 1.904,4 euros al mes, que compensa con creces la cotización satisfecha a la Seguridad Social.
La base de cotización del autónomo debería tener relación, en cualquier caso, con los ingresos mensuales del trabajador con el objetivo de mantener la consistencia entre ambos conceptos.
De nada sirve intentar cotizar por la base máxima si nuestros ingresos no dan para ello. Cotizar por la base mínima es, desde luego, la opción preferida puesto que, de este modo, los autónomos incrementarán el dinero en su bolsillo.
No obstante, todos deberíamos pensar a más largo plazo e intentar asegurar una cantidad de ingresos para el momento en el que no podamos trabajar.
Bien si se opta por aumentar nuestra base de cotización o bien si ese dinero se destina a contratar un seguro que nos asegure contra esta contingencia, lo cierto es que debemos tener esa necesidad cubierta.
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