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El pasado 1 de diciembre, el Congreso de los Diputados aprobó por mayoría un aumento del 8% del Salario Mínimo Interprofesional, desde 655,20 hasta 707,70 euros, el mayor incremento de este indicador en los últimos 30 años.
La mayoría de partidos del arco parlamentario acabaron contentos con la medida, que suponía en la práctica una mejora en la calidad de vida de los trabajadores, especialmente de aquellos con menor cualificación profesional.
Sin embargo, las aparentes bondades del aumento en el SMI pueden no ser tales si analizamos sus consecuencias sobre las pymes y los autónomos e, incluso, sobre los propios trabajadores.
Vamos a analizar lo que opinan aquellos defensores y detractores de esta medida para comprobar si es efectiva o no.
Se suelen defender los incrementos del SMI sobre la base de que tal medida servirá para aumentar el salario de los trabajadores.
El consecuente aumento de los costes laborales unitarios para las empresas se compensará por un aumento de la demanda agregada, pues los trabajadores verán incrementada su renta disponible, lo que servirá para que aumente el consumo y la producción de las empresas.
Se trata de un argumento lógico. Si los trabajadores tienen más dinero, consumirán más puesto que, además, aquellas personas con rentas más bajas son, precisamente, las que tienen una propensión marginal al consumo más elevada (es decir, consumen porcentualmente más ante aumentos de su renta disponible).
Pero, ¿se trata de un argumento realmente válido?
El aumento de la demanda agregada constituye un efecto difuso, pues no se sabe con certeza cuánto ni en qué medida tendrá impacto sobre los balances empresariales de las empresas españolas.
Parte de este aumento se dedicará al ahorro y parte del mismo se utilizará para importar bienes y servicios que sean más demandados por los consumidores de nuestro país.
Sin embargo, lo que sí es evidente es que el incremento del SMI se trasladará directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias de las empresas, en forma de aumento de gastos y, por tanto, de reducción de beneficios empresariales.
Según diversos cálculos, el incremento del SMI podría suponer un aumento de 1.000 euros de media por empleo y mes para aquellos trabajadores que estén, en la actualidad, cobrando un sueldo entre el SMI anterior y el actual.
Además, en la medida en que se incrementa los salarios de los trabajadores menos cualificados sin un aumento de la productividad de los mismos, habrá muchos puestos de trabajo que el empresario no desee cubrir.
Si el trabajador no es capaz de producir un valor de su trabajo similar al de su sueldo, lo más probable es que ese trabajo acabe no se cubra o pase a engrosar las estadísticas de la economía sumergida.
Y es que el mercado de trabajo funciona como cualquier otro mercado donde se intercambia bienes y servicios.
Si existe un precio mínimo por debajo del cual no se pueden comercializar los productos, los bienes no se demandarán por parte de los consumidores, a pesar de que la empresa esté dispuesta a bajar el precio por debajo de ese umbral, y tendrán que dejar de venderse o se venderán en el mercado negro.
El efecto inesperado (o quizá no tanto) de la subida del SMI es el aumento consecuente de las bases de cotización de los autónomos en el Régimen General de la Seguridad Social, en un 8%.
A su vez, la mayoría de expertos espera que se aplique el mismo incremento al Régimen Especial de Trabajadores de Autónomos, que ya se aplica a los autónomos societarios y a aquellos que tengan más de diez trabajadores. En la práctica, esto supone un sobrecoste de unos 300 euros al año para cada autónomo.
"> En definitiva, el incremento del SMI, ya tramitado y aprobado, probablemente tendrá un efecto contrario al previsto inicialmente, y no solo para las empresas, sino también para los trabajadores, que posiblemente tengan mayores dificultades para acceder a un empleo en condiciones razonables.
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