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Cuando hablamos de la Declaración de la Renta hay muchos conceptos que se pueden incluir y que son deducibles, aunque algunos sean más conocidos que otros.
Entre los menos conocidos, está la deducción por movilidad geográfica, una posibilidad que existe para aquellos contribuyentes que hayan cambiado su residencia fiscal en el último ejercicio.
La deducción por movilidad geográfica afecta a todos aquellos contribuyentes que en el ejercicio hayan cambiado su residencia habitual por motivos laborales.
Los requisitos para podernos beneficiar de esta deducción son los siguientes:
En todo caso, Hacienda plantea una serie de excepciones a esta regla general, entre los cuales destacan:
A principios del año 2015, la reducción por movilidad geográfica que regulaba el artículo 20.2.b) de la Ley de IRPF, se sustituyó por un nuevo gasto deducible del rendimiento íntegro por cuantía de 2.000 €.
En concreto, la deducción por movilidad geográfica aumenta en 2.000 € el mínimo personal del contribuyente.
Con carácter general, en el caso de tributación individual, un contribuyente tiene un mínimo personal de 5.500 €, de modo que, aplicando la movilidad geográfica, su mínimo personal aumenta hasta los 7.500 €.
Sin embargo, en caso de aplicar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 €, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto.
Dicho de otro modo, si ambos tuviesen derecho a aplicar esta deducción, no se multiplica esta cantidad por dos al presentar la declaración de forma conjunta.
La deducción por movilidad geográfica podrá presentarse en el ejercicio en el que se produjo el traslado y en el inmediatamente siguiente.
Por ejemplo, si el contribuyente cambió su residencia en 2018, podrá beneficiarse de esta deducción en la declaración de la renta de 2018 y en la de 2019.
Esto no significa que sea obligatorio aplicarlo en dos ejercicios diferentes, sino que existe esa posibilidad, especialmente importante para aquellos que no sabían que se podía aplicar el primer año y lo han aplicado durante el segundo ejercicio.
Aunque no es imprescindible que te empadrones en el nuevo municipio donde va a estar situada tu vivienda habitual, es bastante recomendable.
El padrón municipal servirá para justificar el nuevo traslado en caso de que sea necesario y de este modo evitar confusiones por parte de la Agencia Tributaria.
No obstante, y aunque el contribuyente debería estar empadronado en la vivienda donde realmente reside, se puede justificar este cambio de residencia con el contrato de alquiler, recibos de suministros o cualquier otro justificante que acredite el cambio de residencia.
Como hemos dicho, el contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en el ejercicio correspondiente y en el siguiente.
Para ello, deberá cambiar la residencia habitual en la declaración de la renta y aplicar esa deducción en la comunidad autónoma donde tenga su residencia actual.
Deberá consignar esta deducción en la casilla 19 de la declaración de la renta: "incremento para contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio".
En Busconómico | Préstamos para pagar la declaración de la renta
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