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Misifuz
Misifuz
Publicado el 28 abril 2016 Responder
Otra cosa a tener en cuenta para beneficiarnos en la declaración si no estamos obligados a presentarla es cuando nos preguntan en el trabajo si queremos que nos retengan más en la nómina para que después no tengamos que pagar tanto al presentarla.

Pues bien, si sabemos de antemano que no estaremos obligados a presentarla, siempre hemos de decir que nos retengan el mínimo legal permitido. ¿Por qué? Imaginemos que hemos dicho que nos retengan un poco más y cuando llega la campaña de la renta nos devuelven 100 euros por habernos retenido de más: no estamos obligados a presentar borrador o declaración, pero como nos interesa que nos devuelvan los 100 euros, la presentamos. Ahora imaginemos que hemos solicitado a nuestra empresa que nos retengan lo mínimo legal permitido, y que cuando llega la Renta nos salen 50 euros a pagar: como no estamos obligados a presentarla, no lo hacemos, así que todavía ganamos más, 150 euros de diferencia de un caso a otro.