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Aunque el 30 de junio fue el último día para presentar la declaración de la renta, todavía hay algunas personas que no han recibido el importe de su devolución, si es que esta ha salido a devolver.
Esta circunstancia provoca mucha incertidumbre en el contribuyente, especialmente porque no sabe cuándo va a recibir el importe que le corresponde ni si ese retraso obedece a una presentación de la declaración errónea.
No hay de qué preocuparse. Lo más probable es que tu declaración no haya sido tramitada todavía, como la de otros tantos contribuyentes, que tampoco han recibido lo que les corresponde.
En estos casos, ¿se puede hacer algo para acelerar este proceso?
Una de las preguntas más habituales entre los contribuyentes que reciben de manera tardía la declaración es: ¿por qué tardan tanto en devolverme lo que me corresponde?
Pues bien, la razón es sencilla de entender: Hacienda está comprobando todos nuestros datos fiscales, desde nuestros datos personales hasta las deudas fiscales pendientes de amortizar.
Ahora bien, el retraso de Hacienda puede durar algunos meses, pero muchas personas se extrañan de que llega fin de año y todavía les falta recibir un abono en su cuenta por parte de Hacienda.
Existen una serie de elementos que influyen en el tiempo que la Agencia Tributaria tarda en respondernos.
En este sentido, las devoluciones más rápidas son aquellas que se efectúan sobre declaraciones de la renta que se confirman directamente, sin modificar ningún campo que la Agencia Tributaria envía al contribuyente.
Posteriormente, se revisan las declaraciones que se hayan modificado, bien porque se haya modificado algún dato o bien porque se haya incluido alguna deducción, como la de vivienda habitual o por movilidad geográfica, pues la Agencia Tributaria tiene que revisar todos estos datos y realizar comprobaciones adicionales llegado el caso.
En algunas circunstancias, como en el caso de aquellas devoluciones superiores a los 4.000 euros, el retraso está asegurado.
En estos casos, debido al importe tan elevado de la devolución, la Agencia Tributaria examina de forma exhaustiva todos los datos fiscales y las cantidades que tenga que abonar al contribuyente.
Al igual que ocurre con la declaración de la renta, en el caso de las devoluciones también hay plazos. En concreto, la Agencia Tributaria tiene de plazo hasta el 31 de diciembre para abonar las cantidades que corresponda devolver a los contribuyentes.
Si a partir del 1 de enero Hacienda no ha realizado el pago, el contribuyente tiene derecho a solicitar esas cantidades junto con los intereses de demora que correspondan.
En concreto, el tipo de interés que se aplicará será del 5% aunque, eso sí, solo sobre el plazo que transcurra desde el 1 de enero hasta el momento efectivo del abono, y no sobre el plazo que transcurra desde el 30 de junio, el último día en el que se puede presentar la declaración.
Aunque no podemos hacer nada para acelerar el proceso, podemos realizar varias acciones para apremiar a la Agencia Tributaria a que revisen nuestra declaración:
En definitiva, si todavía estás pendiente de recibir el importe de la declaración de la renta en tu cuenta corriente, no te preocupes.
Lo más probable es que se encuentre todavía en tramitación y, por tanto, te llegará de un momento a otro.
Eso sí, si a partir de enero no ha llegado, Hacienda tendrá que abonarte los correspondientes intereses de demora así que, aunque solo sea por no pagar más, tendrás el dinero en tu cuenta antes de esa fecha.
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