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El número de personas que realizan apuestas a través de Internet en España crece constantemente, pero la mayoría de ellos desconoce la fiscalidad de los beneficios o ganancias que se obtengan a través de las apuestas.
Hasta hace no demasiado tiempo el sector se movía en una cierta alegalidad.
Para poder controlar tanto a las empresas como a los usuarios se aprobó la Ley del Juego, que clarifica muchos aspectos legales y fiscales.
Lo primero que se controlaba mediante la citada Ley era que las empresas que ofrecen este tipo de apuestas tributen en España, ya que lo habitual era hacerlo desde otros países.
Este hecho afecta directamente también a los apostantes, ya que el Ministerio de Hacienda tiene mayor facilidad para averiguar datos de posibles ganancias que hayan obtenido los apostantes.
Hasta la entrada en vigor de esta nueva Ley, aunque se suponía obligatoria la declaración de beneficios derivados de apuestas online, la mayoría de las veces no se declaraban las ganancias provenientes del juego ya que las empresas residían en paraísos fiscales y Hacienda no tenía acceso a los datos de los ganadores.
Sirva la explicación anterior para tratar de aclarar a las personas que hagan apuestas en Internet que deben declarar sus ganancias y en caso de no hacerlo es probable que Hacienda pueda obtener los datos de sus ganancias y tramitar la correspondiente sanción.
De hecho son muchos los usuarios de plataformas de apuestas que han recibido notificaciones desde Hacienda reclamando el pago de impuestos derivados de esa actividad.
Los beneficios obtenidos durante el ejercicio fiscal provenientes de apuestas deportivas por Internet u otros juegos online tributan como ganancia patrimonial, y su tipo impositivo dependerá directamente del tramo del contribuyente.
Esta fiscalidad es por tanto diferente a los impuestos de la lotería que tributan al 20% independientemente del tramo del contribuyente.
Hay una excepción que lleva a confusión en muchos casos, si un contribuyente no tiene obligación de declarar y sus ganancias patrimoniales son inferiores a 1.000 € no está obligado a presentar la declaración de IRPF.
Esto hace pensar a muchos contribuyentes que si sus beneficios provenientes de apuestas online son inferiores a 1.000 euros no deben declararlas, y es un grave error que no debe cometerse.
Solamente no tendrían que declarar beneficios inferiores a 1.000 euros los contribuyentes que por sus ingresos no tengan obligación de realizar la Declaración de la Renta, el resto de contribuyentes tendrán que declarar sus beneficios aunque sean muy bajos.
En la declaración hay que reflejar la pérdidas, ya que compensan a los beneficios.
Así si un contribuyente ha tenido unos beneficios de sus apuestas ganadoras de por ejemplo 500 euros y ha perdido en apuestas 300 euros debe incluir los beneficios y las pérdidas, de tal manera que al final estaría declarando 200 euros de incremento patrimonial (500 de beneficio menos 300 de pérdidas).
Esto quiere decir que si una persona tiene ganancias de 200 euros y pérdidas por 600 euros solamente podrá deducir 200 euros en pérdidas.
Por tanto, su ganancia patrimonial a la hora de declarar sería 0. En ningún caso pude ser una cantidad negativa.
Otro punto importante es que las pérdidas patrimoniales derivadas del juego online sólo sirven para compensar ganancias provenientes del juego o apuestas deportivas.
Por tanto si hay una ganancia patrimonial derivada por ejemplo de una venta de acciones no puede ser compensada por la pérdida obtenida en apuestas o similares.
Si un contribuyente tiene un beneficio de 500 € al vender unas acciones, una ganancias de apuestas de 300 € y unas pérdidas de 400 € del juego en su declaración puede compensar hasta 300 euros de pérdidas por la parte de las apuestas, pero los 100 € que aún quedan de pérdida patrimonial en ningún caso podrá compensarlos con el beneficio de la venta de acciones.
Si Hacienda descubre unos beneficios que provienen de apuestas en Internet u otro tipo de juegos que no se han declarado procederá a la reclamación de las cantidades que ha dejado de ingresar y a imponer una sanción.
La sanción mínima es del 50% de los importes no declarados a sumar a las cantidades que Hacienda ha dejado de percibir. En caso de estar de acuerdo y pagar la deuda la sanción se puede rebajar en un 30%.
Para evitar problemas es muy recomendable, además de declarar los beneficios, guardar los justificantes del juego.
Esto es especialmente importante en caso de apuestas perdedoras, ya que serán el documento exigible para poder compensar pérdidas con ganancias.
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