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El Gobierno ha aprobado un Decreto con medidas extraordinarias para proteger a las familias del impacto económico provocado por el coronavirus.
Una de las medidas a las que se pueden acoger las familias es la moratoria en el pago de hipotecas. Es una medida que será interesante para muchas personas pero que tiene letra pequeña.
Vamos a explicar a continuación los requisitos para poder acogerse a la moratoria en el pago de las cuotas de la hipoteca.
Pedro Sánchez en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros dijo que se podrán beneficiar de dicha medida los colectivos vulnerables.
Ahora con el Decreto publicado detallamos los requisitos para encontrarse dentro de esos “colectivos vulnerables”.
Para acogerse a la medida la cuota de la hipoteca más gastos y suministros debe superar el 35% de los ingresos netos de la familia. Se computarán los ingresos de los integrantes de la unidad familiar.
Pero solamente con cumplir esa condición no es suficiente, hay que cumplir también unas condiciones económicas personales.
La primera condición es que el hipotecado pase a situación de desempleo, así que los que sigan trabajando no pueden beneficiarse de la medida.
En el caso de autónomos y profesionales será necesario acreditar una pérdida sustancial de ingresos y/o ventas, aunque no se especifica un porcentaje concreto.
La segunda condición es que los ingresos familiares no pueden superar los 1.613,52 €. Esa cantidad viene de calcular el triple del IPREM que es el índice que se suele utilizar para conceder ayudas y subvenciones.
Es importante destacar que esas condiciones se aplican también para fiadores y avalistas de la hipoteca.
Para pedir la moratoria de la hipoteca hay que realizar la solicitud directamente a la entidad bancaria. Una vez solicitada el banco tiene 15 días de plazo para implementar la moratoria y comunicarla al Banco de España.
Es importante destacar que la medida solo estará vigente durante el tiempo que esté activo el Estado de Alarma en España. Una vez finalizado el cliente seguirá obligado al pago de su hipoteca.
La moratoria de la hipoteca es total, el cliente no deberá pagar ni capital ni intereses. La hipoteca tampoco generará intereses durante ese plazo.
La Asociación Española de Banca apoya la medida y los bancos se han comprometido a colaborar con la medida y agilizar los trámites de sus clientes afectados.
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