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No son pocas las entidades de crédito que se han hecho un hueco en el mercado con el reclamo de que ofrecen préstamos sin intereses.
Sin embargo, el hecho de que un préstamo carezca de intereses no significa que sea gratuito, ni necesariamente más barato que otro que sí los tiene.
Desgraciadamente, y debido a la falta de información de la que disponen los clientes y consumidores, se puede llegar a la conclusión de que la entidad en cuestión no va a cobrarnos honorario alguno por el dinero prestado. Nada más lejos de la realidad.
Lo cierto es que, salvo determinados productos financieros ofrecidos en las grandes superficies para financiar sin coste una determinada compra, la inmensa mayoría de los préstamos que se anuncian como “sin intereses” cobran otro tipo de honorarios, especialmente en forma de comisiones de servicio.
Aunque muchos de los préstamos que no aplican intereses sí que cobran otro tipo de comisiones, existe una serie de minicréditos rápidos gratuitos que pueden obtenerse y devolverse sin pagar ningún tipo de gasto.
Se trata de promociones que lanzan las entidades de crédito para captar nuevos clientes y sólo puede aprovecharse la oferta una única vez por financiera.
A continuación te indicamos algunas de las que los ofrecen:
Dado que el préstamo se está anunciando como “sin intereses”, el TIN o tipo de interés nóminal será cero.
Sin embargo, y tal y como acabamos de explicar, eso no significa que no cueste dinero.
Para poder saber cuál es el coste real del préstamo que estamos solicitando, lo mejor es solicitar la TAE (Tasa Anual Equivalente) del producto, teniendo en cuenta las características específicas de nuestra solicitud.
Es entonces cuando podemos encontrarnos con auténticas sorpresas, dado que la suma de las diferentes comisiones puede llegar a ser abrumadoramente alta.
De hecho, la TAE es el indicador recomendado para poder hacer una estimación de costes, y comparar la oferta de las diferentes entidades, pues incluye no solo el TIN, sino también el resto de costes derivados de comisiones y otros gastos.
Todas las entidades financieras tienen la obligación de publicar la TAE de sus productos, así como documentación completa acerca de sus características.
Mediante la TAE, el banco está calculando los costes reales completos derivados del préstamo, algo que podría volverse complicado para un cliente particular.
Además, gracias a que la TAE es calculada de la misma manera en todos los países de la UE, es posible comparar rápidamente los costes de diferentes opciones del mercado continental.
Por otro lado, las entidades que ofrecen préstamos “sin intereses” como reclamo publicitario también tienden a establecer desorbitadas comisiones en caso de demora en los pagos.
Éstas se traducen en penalizaciones por importes fijos, así como porcentajes de la deuda pendiente de devolver.
De hecho, si ya de por sí la TAE del producto suele ser muy elevada, el hecho de añadir los gastos derivados del retraso en el pago pueden poner el cliente deudor en una situación de gran vulnerabilidad.
Si no se es capaz de hacer frente a los pagos, difícilmente se podrá pagar las penalizaciones cargadas sobre el préstamo.
El resultado es que la deuda se irá incrementando conforme se vayan sumando las penalizaciones por la demora.
No es de extrañar que los clientes de estas entidades terminen pagando varias veces el importe del préstamo original, especialmente cuando fallan recurrentemente en el pago de sus cuotas.
Afortunadamente, la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo delimitó los intereses de demora, estableciendo que éstos sólo pueden tener 2 puntos porcentuales más que el interés pactado en el préstamo personal.
Las conclusiones de esta sentencia tienen carácter retroactivo, por lo que los clientes afectados están legitimados para exigir la devolución de los intereses o penalizaciones cobrados indebidamente.
Cualquier persona puede cometer un error a la hora de solicitar un préstamo, especialmente si está sometida a una fuerte presión
Por suerte, la normativa vigente establece un plazo de 14 días para ejercitar lo que se conoce como el derecho a desistir. Es decir, podemos optar por devolver el dinero recibido, y el banco deberá resarcirnos de cualquier gasto que haya asumido.
Por ese motivo, incluso aunque ya hayas firmado el contrato de tu préstamo “sin intereses”, te recomendamos examinar a conciencia las condiciones de financiación y decidir si realmente las condiciones eran lo que realmente creías y necesitabas.
En caso contrario, la solución es muy sencilla. Solicita el desistimiento del contrato del préstamo, y tan sólo deberás hacer frente al pago de los intereses generados hasta la fecha de tu solicitud.
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