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Una SICAV (Sociedad de inversión de capital variable) es una forma de inversión colectiva que se realiza en muchos países, entre los que se encuentra España, en que se puede invertir dinero y diferir el pago de impuestos anual por medio de la creación de una sociedad anónima constituida específicamente para invertir en estos activos financieros.
En España nacieron en 1983, durante el mandato de Felipe González, como un instrumento para evitar que las grandes fortunas se llevaran dinero fuera de España.
Por sus características son los más utilizados por personas que cuentan con un gran capital, y por eso tienen la fama de ser un mecanismo de evasión de impuestos para grandes fortunas. También las pueden utilizar particulares por medio de fondos que invierten en ellas, y de hecho sucede muy a menudo, incluso muchas inversiones y fondos de inversiones que ofrecen los bancos recurren a ello.
Las operaciones de las SICAV tributan al 1% en Impuesto de Sociedades (lo normal es el 30%), mientras que las plusvalías lo hacen a un 21% los primeros 6.000 euros, 25% de los 6.001 a los 24.000 euros y 27% a partir de los 24.001 euros. A partir del 2016, las plusvalías tributarán menos porque los impuestos serán menores, de un 19% a un 23%.
Como podemos ver, sus principales ventajas son su baja fiscalidad, la posibilidad de diferir el pago del impuesto y el máximo control de la inversión por parte de los dueños.
Aunque las ventajas no son tan grandes como podría parecer, a menos que se abuse del sistema para evadir impuestos.
Pero tienen una ventaja a mayores, y es que se puede sacar dinero sin tributar hasta que no supere la cantidad invertida inicialmente porque se supone que lo que se está retirando es el capital, y no las ganancias que se han obtenido (algo que parece lógico a primera vista pero que solo se permite en este tipo de inversión).
Eso sí, la principal exigencia de las SICAV es un patrimonio de al menos 2,4 millones de euros y 100 accionistas, aunque esto no suele ser un problema para quienes suelen utilizarlo como grandes patrimonios, ya que muchas de ellas incluso lo superan con creces.
El capital antes mencionado, las restricciones a la inversión de capital destinado a valores admitidos a cotización y diversificado entre varias sociedades, un número de accionistas igual o mayor a 100, capital variable entre el mínimo y máximo que se ha fijado estatutariamente y restricciones por medio de coeficientes.
La constitución, fusión, aumento de capital y escisión disfrutan de exención en las operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Las SICAV por compartimentos exigen algo menos, un capital mínimo de 480.000 euros con un mínimo de 20 socios por compartimento, aunque con un capital mínimo de 2,4 millones de euros entre todos los compartimentos con un número de accionistas también de 100 ó más.
Aunque esto pueda hacer que parezca que en las SICAV solo pueden invertir los ricos, cualquier persona con poco dinero puede hacerlo (incluso con un euro) porque lo importante es que entre todos se llegue a la cantidad indicada (sin haber un mínimo por persona).
Esto hace también que grandes fortunas reúnan a otras personas para conseguir el mínimo de 100, cuando en realidad las demás personas poco pintan en la SICAV.
Lo curioso de todo esto es que, pese a que casi todo el mundo critica esta forma de inversión, muchos de los que lo están haciendo están utilizándola sin darse cuenta, y otros tantos lo harían si se lo pudieran permitir y les diera grandes beneficios por su dinero.
Se podrían cambiar las condiciones de las SICAV, sí, y es algo que se planteó, pero si se hace se corre un alto riesgo de que los que tienen el dinero se vayan a otros países donde obtengan mayor rentabilidad por su patrimonio, como es el caso de Luxemburgo. Solo se podría evitar si todos los países endurecieran las condiciones de las SICAV.
Por eso, aunque muchos quieren que se apliquen unas condiciones menos ventajosas, lo cierto es que esto podría ser más perjudicial que beneficioso.
Se regulan legislativamente por:
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