Comentarios

Responsable del fichero: Busconómico, S.L. Finalidad *1: Dejar tu opinión en nuestra web. Finalidad *2: Registro para envío de novedades y ofertas. Legitimación: Consentimiento. Destinatarios: nuestro servidor "hosting" de AXARNET COMUNICACIONES S.L, tus datos nunca serán cedidos a terceros salvo en caso de que exista una obligación legal. Derechos: Podrás acceder, rectificar, limitar y suprimir tus datos cuando quieras en: [email protected]. Consulta aquí nuestra política de privacidad.
Carles
Carles
Publicado el 04 enero 2019 Responder

Ojo porque no te tienen porqué devolver todo lo retenido, depende de las circunstancias de tu declaración.

En mi caso soy autónomo y en 2014 percibí 379 € brutos de prestación de paternidad de los que me retuvieron 79 €. Pensaba que me devolverían íntegros esos 79 €, pero no me devuelven nada en la regularización realizada.

Compruebo cómo en la declaración original de 2014 esos rendimientos del trabajo de 379 € no superaban la "Reducción por obtención de rendimientos del trabajo (artículo 20 de la Ley del Impuesto)", con lo que la "Cuantía aplicable con carácter general (casilla 017)" eran los 379 € y el "Rendimiento neto reducido" de rendimientos del trabajo se quedaba en 0 €.

Esto significa que esos 379 € ya no se tuvieron en cuenta como ingresos en la declaración original de 2014, con lo que el resultado de la declaración es el mismo, y los 79 € retenidos sirvieron como ingreso a cuenta de lo que me tocaba pagar.

Busconómico
Busconómico
Publicado el 04 enero 2019
Muchas gracias por dicha aclaración, muy gráfica y didáctica, seguro que ayudará enormemente a nuestros lectores/as.