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Con unos tipos de interés en niveles históricamente bajos que han provocado que el euríbor se mueva en terreno negativo, las entidades financieras están comenzando a sufrir los problemas derivados de la actual coyuntura económica.
El propio presidente del BBVA, Francisco González, advirtió en su intervención en el encuentro de primavera celebrado por el Instituto de Finanzas Internacional (IIF), que los tipos de interés negativos estaban matando a la banca, y que más pronto que tarde, los balances de las entidades comenzarían a sufrir los primeros problemas derivados de esta política tan agresiva llevada a cabo por el BCE.
Esta negativa circunstancia está provocando que los bancos estén comenzando a blindar sus productos, incluyendo en sus nuevos contratos hipotecarios cláusulas para evitar perder dinero.
Una de ellas es la conocida como cláusula cero, que fija el nivel del tipo de interés total del préstamo (es decir, el euríbor más el diferencial) a pagar a cero, como medida para garantizar la devolución íntegra del préstamo.
Las primeras entidades que han comenzado a aplicar esta cláusula en los contratos de préstamos hipotecarios han sido Liberbank, CaixaBank, Oficina Directa y el Banco Santander.
Evidentemente, esta decisión tendrá repercusión para los hipotecados, que no podrán beneficiarse de un eventual descenso del euríbor, y los bancos no tendrán que pagarles por prestarles el dinero, una posibilidad que, aún así, no estaba del todo clara.
Casi en el mismo momento en que se supo que las entidades estaban comenzando a incluir esta cláusula en los contratos de préstamos hipotecarios, muchas personas se hacían la misma pregunta: ¿es legal o ilegal?
Al igual que ocurriese con las cláusulas suelo, las cuales fueron declaradas nulas por muchas sentencias de tribunales de justicia por no estar claras dentro del contrato, las diversas asociaciones de consumidores han puesto el grito en el cielo por lo que consideran una cláusula abusiva dentro del contrato de préstamo.
Según el portavoz de Facua, Rubén Sánchez, las cláusulas cero establecen un desequilibrio entre banco e hipotecados, al no existir como contrapartida un techo al que los clientes puedan acogerse, y que pudiese plantear una igualdad de condiciones entre las dos partes.
Sin embargo, al igual que ocurría con las cláusulas suelo, cuya ilegalidad dependía de la transparencia con la que entidad financiera comunicara su existencia en el contrato, las cláusulas cero no son ilegales per se, sino en tanto en cuanto no sean comunicadas al cliente de forma clara.
Si incumplen el criterio de transparencia establecido por el Tribunal Supremo, entonces sí podrían declararse ilegales, del mismo modo que numerosas sentencias han decretado la nulidad de las cláusulas suelo en muchos contratos hipotecarios.
Los portavoces de las entidades financieras han manifestado en numerosas ocasiones estar en contra de entregar dinero a sus clientes en caso de que el tipo de interés sea negativo, por ser contradictorio con el mercado de productos y servicios bancarios tal y como lo conocemos hasta ahora.
Ante esta actitud poco dialogante de los bancos, poco se puede hacer; sin embargo, algunos expertos han propuesto alternativas a esta situación.
Una de ellas es alargar el período de revisión de las hipotecas.
Hasta ahora, lo habitual era que esta revisión se realizase de forma semestral o anual, teniendo en cuenta el valor del euríbor en el período correspondiente.
Sin embargo, nada impide que la revisión pueda realizarse con un horizonte temporal más amplio. Esta posibilidad sería vista con buenos ojos por la mayoría de bancos e, incluso, podría ser beneficiosa para el propio cliente, que reduciría la incertidumbre ligada al interés variable en el préstamo, y podría asemejarse en cierto modo al interés fijo.
Este debate seguirá estando de rabiosa actualidad durante los próximos meses, ya que es previsible que el euríbor mantenga o incluso reduzca aún más su valor en los próximos meses.
Con un crecimiento mucho más debilitado de lo que se esperaba, y con el Banco Central Europeo poniendo todo de su parte para tratar de generar una cierta inflación, no se espera que los tipos de interés vayan a aumentar durante los próximos meses o incluso años, al menos hasta que no se vean síntomas de recuperación económicos.
Por esta razón, tendremos que acostumbrarnos a que los bancos sigan incluyendo cláusulas para protegerse de las bajadas del euríbor.
Quién sabe si en los próximos meses no estaremos hablando de una nueva vuelta de tuerca más en los contratos hipotecarios, con la inclusión de nuevos factores que hagan más difícil la contratación a los clientes. Tiempo al tiempo.
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